Si las piezas de los carros hubieren estado completas, añade, no habría ocurrido el accidente, puesto que el demandante habría activado el sistema por fuera de los carros y no hubiera tenido para qué exactamente meterse entre ellos. La maniobra, dice, había que hacerla «a como diese lugar», debía recortar los carros, pues no podía quedar obstruido el paso de camiones al interior del Puerto, y la única manera que tuvo en ese instante era «meterse entre los carros y hacerlo manualmente levantando el pestillo cara arriba para más tarde darle la orden al maquinista a fin de que cortara los carros».
No se acreditó que el trabajador hubiese recibido una capacitación completa -tanto previa como simultánea- que asegurase su buen desempeño frente a una máquina sofisticada y nueva para él, al menos con respecto a sus actividades anteriores; así como tampoco se acreditó que se hubiera mantenido una supervisión y control del actor en tal situación, en que recién comenzaba sus tareas frente a esa máquina. El día del siniestro, el actor, sin respetar las instrucciones que en teoría correspondía proseguir al desarrollar el trabajo con esa máquina, sufrió los efectos de semejante acontecimiento, a cortos días de empezar esas labores, siendo tratado posteriormente por el pertinente organismo administrador de la Ley de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.
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